RESOLUCIÓN DE 29 DE ABRIL DE 2020 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y RELACIONES LABORALES DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD, POR LA QUE SE DEJA SIN EFECTO LAS INSTRUCCIONES DICTADAS EL 12 DE MARZO DE 2020 EN RELACIÓN A LOS PERMISOS Y LICENCIAS Y EXCEDENCIAS POR CUIDADO DE HIJO O FAMILIAR DURANTE LA SITUACIÓN DE PANDEMIA DEL CORONAVIRUS (COVID‐19)
La necesidad de garantizar en los centros sanitarios del SERMAS la presencia de los recursos humanos suficientes y necesarios para dar respuesta a la demanda de asistencia sanitaria a los pacientes afectados por la pandemia del coronavirus ( COVID‐19), hizo necesario que esta Dirección General dictara, con fecha 12 de marzo de 2020, instrucciones en relación a los Permisos, Licencias y Excedencias por cuidado de hijo o familiar durante la situación de pandemia, suspendiendo la concesión de permisos y licencia durante el periodo en el que se mantuviera esta situación excepcional El descenso que se viene observando de la presión asistencial por el COVID-19 en los centros sanitarios del SERMAS, posibilita que las medidas adoptadas con carácter excepcional en la resolución de 12 de marzo de 2020 y limitadas temporalmente a la situación de pandemia, puedan quedar sin efecto, posibilitando, de esta manera, que sus profesionales puedan acceder a los permisos y licencias, en los términos y condiciones que fija su normativa de aplicación en función de que su vinculación sea estatutaria, laboral o funcionarial.
Por ello, esta Dirección General, previo acuerdo en la Mesa Sectorial y en uso de las competencias atribuidas en el Decreto 308/2019, de 26 de noviembre, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud (B.O.C.M. 283 de 28 de noviembre de 2019, dicta la siguiente:
RESOLUCIÓN
Queda sin efecto la resolución de 12 de marzo de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, en relación a los Permisos, Licencias y Excedencias por cuidado de hijo o familiar durante la situación de pandemia del Coronavirus (Covid‐19).
En consecuencia, los permisos, licencias y excedencias que soliciten los profesionales a partir de la fecha en la que produce efectos la presente resolución, se concederán o denegarán por los centros sanitarios atendiendo a la normativa que resulte de aplicación al profesional en función de su régimen de vinculación estatutaria o laboral o funcionarial.
Las presentes instrucciones producirán efectos desde el mismo día de su firma y ello sin perjuicio de que puedan ser modificadas en el caso de resultar alterada, por repunte o agravamiento, la situación de pandemia de COVID 19.
LA DIRECTORA GENERAL.
Raquel Sampedro Blázquez
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